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Artificial Intelligence Act
Artículo 103#

Modificación del Reglamento (UE) n.o 167/2013

En el artículo 17, apartado 5, del Reglamento (UE) n.o 167/2013, se añade el párrafo siguiente:

«Al adoptar actos delegados en virtud del párrafo primero relativos a sistemas de inteligencia artificial que sean componentes de seguridad en el sentido del Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo (*), se tendrán en cuenta los requisitos establecidos en el capítulo III, sección 2, de dicho Reglamento.

Původní znění (OJ L 2024/1689) · CELEX 32024R1689

Artículo 103 — Modificación del Reglamento (UE) n.o 167/2013 · Reglamento de IA (AI Act) · infinitelaws