infinitelaws
Reglamento de Inteligencia Artificial
Artículo 85#

Derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de vigilancia del mercado

Sin perjuicio de otras vías administrativas o judiciales de recurso, toda persona física o jurídica que tenga motivos para considerar que se ha infringido lo dispuesto en el presente Reglamento podrá presentar reclamaciones ante la autoridad de vigilancia del mercado pertinente.

De conformidad con el Reglamento (UE) 2019/1020, tales reclamaciones se tendrán en cuenta a la hora de llevar a cabo actividades de vigilancia del mercado y se tramitarán de conformidad con los procedimientos específicos establecidos con este fin por las autoridades de vigilancia del mercado.

No commentary for this provision yet

Ask for it — reader demand shapes our queue. We'll let you know once the commentary is out.

We'll use your email only to tell you the commentary is out.

Původní znění (OJ L 2024/1689) · CELEX 32024R1689