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Reglamento de Inteligencia Artificial

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Considerando 167

Todas las partes implicadas en la aplicación del presente Reglamento deben respetar la confidencialidad de la información y los datos que obtengan en el ejercicio de sus funciones, de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional, con vistas a garantizar una cooperación fiable y constructiva entre las autoridades competentes a escala de la Unión y nacional. Deben desempeñar sus funciones y actividades de manera que se protejan, en particular, los derechos de propiedad intelectual e industrial, la información empresarial confidencial y los secretos comerciales, la aplicación eficaz del presente Reglamento, los intereses de seguridad pública y nacional, la integridad de los procedimientos penales y administrativos y la integridad de la información clasificada.

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Texto aprobado (a 1/8/2024) · CELEX 32024R1689