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Reglamento de Inteligencia Artificial

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Considerando 114

Los proveedores de modelos de IA de uso general que presenten riesgos sistémicos deben estar sujetos, además de a las obligaciones impuestas a los proveedores de modelos de IA de uso general, a obligaciones encaminadas a detectar y atenuar dichos riesgos y a garantizar un nivel adecuado de protección en materia de ciberseguridad, independientemente de si dichos modelos se ofrecen como modelos independientes o están integrados en sistemas de IA o en productos. Para alcanzar esos objetivos, el presente Reglamento debe exigir a los proveedores que lleven a cabo las evaluaciones de los modelos necesarias, en particular antes de la primera introducción en el mercado, y que, por ejemplo, lleven a cabo y documenten pruebas de simulación de adversarios, también, según proceda, mediante pruebas externas independientes o pruebas internas. Además, los proveedores de modelos de IA de uso general con riesgos sistémicos deben evaluar y mitigar continuamente los riesgos sistémicos, por ejemplo, mediante el establecimiento de políticas de gestión de riesgos, como procesos de rendición de cuentas y gobernanza, la puesta en práctica de la vigilancia poscomercialización, la adopción de medidas adecuadas durante todo el ciclo de vida del modelo y la cooperación con los agentes pertinentes a lo largo de la cadena de valor de la IA.

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Texto aprobado (a 1/8/2024) · CELEX 32024R1689