infinitelaws
Reglamento de Inteligencia Artificial

Usted está leyendo una versión anterior del texto. No es la ley en vigor, sino que está aquí para mostrar lo que cambió la enmienda. Mostrar el texto en vigor →

Artículo 4#

Alfabetización en materia de IA

Los proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA adoptarán medidas para garantizar que, en la mayor medida posible, su personal y demás personas que se encarguen en su nombre del funcionamiento y la utilización de sistemas de IA tengan un nivel suficiente de alfabetización en materia de IA, teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, su experiencia, su educación y su formación, así como el contexto previsto de uso de los sistemas de IA y las personas o los colectivos de personas en que se van a utilizar dichos sistemas.

Todavía no hay comentario para esta disposición

Solicítelo: el interés de los lectores ordena nuestra cola. Le avisaremos en cuanto se publique.

Usaremos su correo únicamente para avisarle de que el comentario ya está publicado.

Fuentes y contexto

Version history

The heading changed: Alfabetización en materia de IA → Alfabetización en materia de IA

Changes: Původní znění (OJ L 2024/1689) → Znění po Omnibusu (k 27. 7. 2026)
Added in green, removed in red (word level).

Computing…

Texto aprobado (a 1/8/2024) · CELEX 32024R1689