infinitelaws
Reglamento de Inteligencia Artificial

Todas las versiones lingüísticas son igualmente auténticas; las diferencias entre ellas pueden ser relevantes para la interpretación.

Artículo 39#

Organismos de evaluación de la conformidad de terceros países

Español

Los organismos de evaluación de la conformidad establecidos en virtud del Derecho de un tercer país con el que la Unión haya celebrado un acuerdo podrán ser autorizados a desempeñar las actividades de los organismos notificados con arreglo al presente Reglamento, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 31 o garanticen un nivel equivalente de cumplimiento.

Italiano

Gli organismi di valutazione della conformità istituiti a norma del diritto di un paese terzo con il quale l'Unione ha concluso un accordo possono essere autorizzati a svolgere le attività degli organismi notificati a norma del presente regolamento, a condizione che soddisfino i requisiti stabiliti all'articolo 31 o garantiscano un livello di conformità equivalente.

Todavía no hay comentario para esta disposición

Solicítelo: el interés de los lectores ordena nuestra cola. Le avisaremos en cuanto se publique.

Usaremos su correo únicamente para avisarle de que el comentario ya está publicado.

Version history

The text is unchanged from the previous version.

Texto consolidado (a 27/7/2026) · CELEX 02024R1689-20260727