Recital 131
English
In order to facilitate the work of the Commission and the Member States in the AI field as well as to increase the transparency towards the public, providers of high-risk AI systems other than those related to products falling within the scope of relevant existing Union harmonisation legislation, as well as providers who consider that an AI system listed in the high-risk use cases in an annex to this Regulation is not high-risk on the basis of a derogation, should be required to register themselves and information about their AI system in an EU database, to be established and managed by the Commission. Before using an AI system listed in the high-risk use cases in an annex to this Regulation, deployers of high-risk AI systems that are public authorities, agencies or bodies, should register themselves in such database and select the system that they envisage to use. Other deployers should be entitled to do so voluntarily. This section of the EU database should be publicly accessible, free of charge, the information should be easily navigable, understandable and machine-readable. The EU database should also be user-friendly, for example by providing search functionalities, including through keywords, allowing the general public to find relevant information to be submitted upon the registration of high-risk AI systems and on the use case of high-risk AI systems, set out in an annex to this Regulation, to which the high-risk AI systems correspond. Any substantial modification of high-risk AI systems should also be registered in the EU database. For high-risk AI systems in the area of law enforcement, migration, asylum and border control management, the registration obligations should be fulfilled in a secure non-public section of the EU database. Access to the secure non-public section should be strictly limited to the Commission as well as to market surveillance authorities with regard to their national section of that database. High-risk AI systems in the area of critical infrastructure should only be registered at national level. The Commission should be the controller of the EU database, in accordance with Regulation (EU) 2018/1725. In order to ensure the full functionality of the EU database, when deployed, the procedure for setting the database should include the development of functional specifications by the Commission and an independent audit report. The Commission should take into account cybersecurity risks when carrying out its tasks as data controller on the EU database. In order to maximise the availability and use of the EU database by the public, the EU database, including the information made available through it, should comply with requirements under the Directive (EU) 2019/882.
Español
Con el objetivo de facilitar la labor de la Comisión y de los Estados miembros en el ámbito de la IA, así como de incrementar la transparencia de cara al público, debe exigirse a los proveedores de sistemas de IA de alto riesgo que no estén asociados a productos que entren dentro del ámbito de aplicación de los actos legislativos de armonización de la Unión que sean pertinentes y estén en vigor, y a los proveedores que consideren que alguno de los sistemas de IA enumerados en los casos de uso de alto riesgo en un anexo del presente Reglamento no es de alto riesgo sobre la base de una excepción que se registren y que registren información sobre sus sistemas de IA en una base de datos de la UE, de cuya creación y gestión se encargará la Comisión. Antes de utilizar tal sistema de IA enumerado en los casos de uso de alto riesgo en un anexo del presente Reglamento, los responsables del despliegue de sistemas de IA de alto riesgo que sean autoridades, órganos u organismos públicos deben registrarse en dicha base de datos y seleccionar el sistema que tengan previsto utilizar. Los demás responsables del despliegue deben poder efectuar dicho registro con carácter voluntario. Esta sección de la base de datos de la UE debe ser de acceso público y gratuito, debe ser fácil navegar por la información, y esta ha de ser comprensible y legible por máquina. La base de datos de la UE también debe ser fácil de utilizar, por ejemplo, proporcionando funcionalidades de búsqueda, también a través de palabras clave, que permitan al público en general encontrar la información que debe presentarse para el registro de los sistemas de IA de alto riesgo y relativa a los casos de uso de sistemas de IA de alto riesgo contemplados en un anexo del presente Reglamento, a la que corresponden los sistemas de IA de alto riesgo. También debe registrarse en la base de datos de la UE toda modificación sustancial de sistemas de IA de alto riesgo. En el caso de los sistemas de IA de alto riesgo en el ámbito de la garantía del cumplimiento del Derecho y de la gestión de la migración, el asilo y el control fronterizo, las obligaciones de registro deben cumplirse en una sección segura no pública de la base de datos de la UE. El acceso a esa sección debe limitarse estrictamente a la Comisión y a las autoridades de vigilancia del mercado en lo que respecta a su sección nacional de dicha base de datos. Los sistemas de IA de alto riesgo en el ámbito de las infraestructuras críticas solo deben registrarse a nivel nacional. La Comisión debe ser la responsable del tratamiento de la base de datos de la UE, de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1725. Con vistas a garantizar la funcionalidad plena de la base de datos de la UE una vez que esté en funcionamiento, el procedimiento para su creación debe comprender el desarrollo de especificaciones funcionales por parte de la Comisión y la redacción de un informe de auditoría independiente. Al ejercer sus funciones como responsable del tratamiento de la base de datos de la UE, la Comisión debe tener en cuenta los riesgos de ciberseguridad. Con el fin de maximizar la disponibilidad y el uso de la base de datos de la UE por parte del público, la base de datos de la UE y la información facilitada a través de ella deben cumplir los requisitos establecidos en la Directiva (UE) 2019/882.